Suelo hipotecario, nulidad y abusividad

Clausula suelo del préstamos hipotecario – Nulidad y abusividad.

El pasado día 9 de mayo de 2013, se dicto Sentencia, por el Tribunal Supremo, mediante la cual declaraban nulas y abusivas, las clausulas suelo, incluidas en los contratos de préstamo hipotecario, de las entidades BBVA, Cajamar y Caixa Galicia.

La cláusula suelo de una hipoteca, es la estipulación incorporada en un préstamo hipotecario, que establece un tipo mínimo de interés, que el hipotecado deberá de pagar en todo caso, impidiendo al hipotecado beneficiarse de la bajada de Euribor (ya que dicha cláusula garantiza la aplicación de un interés mínimo a favor del banco, generalmente entre un 3% y un 5%).

En estos momentos, en que los tipos de referencia de la mayoría de las hipotecas concedidas en los últimos años, euribor, fluctúan por debajo del 1%, muchos usuarios de banca no pueden beneficiarse de una rebaja de sus cuotas hipotecarias, debido a esta cláusula, lo que implica un auténtico desequilibrio entre el usuario y la banca.

“Por ejemplo, si se contrata una hipoteca con una cláusula suelo de un 3.5%, aunque el Euribor baje al 0.75%, al cliente no se le bajará, según lo pactado en el contrato, por lo que pagará igualmente el 3.5% de interés, en vez de menos, como le corresponde por las variaciones que sufre el euribor. “

La “cláusula suelo” opera por lo tanto en favor de las entidades financieras, garantizándolas siempre unos ingresos mínimos, en perjuicio del consumidor, pues establecen un tipo de interés a pagar por el cliente, independientemente de la evolución del tipo de referencia.

Dicha sentencia indica, que dichas clausulas son nulas, si hay falta de transparencia (no es suficiente con que las clausulas de forma aislada sean comprensibles), y habiendo analizado las cláusulas de las entidades BBVA, Cajamar y Novagalicia Banco, ha determinado que las cláusulas analizadas no son transparentes, básicamente porque no se informó adecuadamente al cliente (indicándole que cuando el tipo de interés baja a determinados niveles, el préstamo hipotecario se transforma en préstamo a interés fijo, variable sólo al alza y que no se beneficiaran del índice de referencia, en general euribor) debiendo ser informados de forma clara y destacada, sin que las clausulas puedan pasar inadvertidas, entre otras propias de un contrato tan complejo), y por su confusa redacción.

Ahora, los millones de afectados, tendrán que moverse, para poder beneficiarse de forma individual de la bajada de los tipos de interés, solicitando la nulidad de la clausula suelo de su hipoteca (recalculándose a partir del índice de referencia pactado, mas el diferencial, con un sustancial descenso en sus cuotas hipotecarias) y la devolución de las cantidades pagadas de mas, en virtud de la nulidad de la misma, de forma retroactiva.

No se quede quieto, no pague de más y solicite la devolución de su dinero inmediatamente, todo ello con el asesoramiento (dependiendo de su caso concreto), en Lege-Berri Abogados.

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